Dado lo anterior, se decreta, por ser procedente, MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida (PARCELA A-04-02) de aproximadamente ciento sesenta y dos metros cuadrados (162m2) y la casa sobre ella construida con un área aproximadamente de cincuenta y ocho metros cuadrados (58m2), cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de nueve metros (9m), con la calle 3. SUR: En línea recta de nueve metros (9m), con la parcela A-04-29. ESTE: En línea recta de dieciocho metros (18m), con la parcela A-04-01. OESTE: En línea recta de dieciocho metros (18m), con la parcela A-04-03. Conjunto Residencial La Ciudadela Lote XIV, ubicado en el parcelamiento Conjunto Residencial La Ciudadela Lote XIV, código catastral 13-01-21-10-158 Cagua Municipio Sucre, Estado Aragua, la cual es propiedad de la co-demandada CARINA COROMOTO AZUAJE PAREDES, según consta en documento de propiedad, debidamente protocolizad.....