Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR LA PRETENSIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por el ciudadano RICARDO EMILIO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.519.690, debidamente asistido por su apoderada judicial abogada YULITZA GONZALEZ LEON, Inpreabogado N° 30.859, contra los Herederos Conocidos de la De Cujus CONSUELO MONTEVIDEO CORTEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.841.570; SEGUNDO: En virtud de la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. TERCERO: Se deja constancia que la presente decisión fue dictada dentro del lapso.