se observa que las partes son legitimas y que tienen la disposición del objeto del litigio y que no están prohibidas las transacciones, por lo que este Juzgado le imparte su homologación a la transacción celebrado entre las partes mediante diligencia de fecha 25 de Septiembre de 2.009( folios 182, 183, 184, 185, 186, 187 y 188) de conformidad con el artículo 256 ejusdem.-Téngase el presente auto como sentencia pasada con fuerza de cosa juzgada.-
De conformidad con lo pedido, se suspende la medida de secuestro decretada sobre el vehículo clase Autobús, marca Encava, modelo ENT61032AR, tipo Autobús, año 2.002, color Blanco y Multicolor, serial de motor 303932, serial de carrocería 8XL6GC11D2EOO1597, placa AC4853, peso 2.980 Kgs, capacidad 32 ptos, uso transporte público, el cual fue adquirido por el causante, según certificado de datos N° INTTT-GRT-7999, de fecha 18-12-2007, expedido por el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre, para lo cual líbrese oficio con las inse.....