siendo la caducidad una materia donde está involucrado el respeto al orden público, y estando esta Juzgadora autorizada por Ley para pronunciarse aun de oficio para la misma, es por lo analizadas minuciosamente los cuatro cheque objetos de la presente acción, y verificándose que los mismo se encuentran con creces ya caducos a la fecha de la interposición de la presente demanda es por lo que que quien aquí decide, declara inadmisible in limini litis la presente demanda por encontrarse caducos los títulos valores objetos de la presente acción y así se decide.-