Visto el convenimiento celebrado entre las partes, ciudadanos RAQUEL SARMIENTO Y LUIS CAIRO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.119.243 y 12.808.884 respectivamente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente HOMOLOGA dicho convenimiento en todas y cada una de sus partes.-De conformidad con lo convenido, se cuerda oficiar a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Educación, ubicado en el piso 7, esquina De Salas, Parroquia Altagracia, Caracas, a fin de que haga las siguientes retenciones: PRIMERO: Retención del 20% del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, por concepto de pensión alimentaria para los beneficiarios. SEGUNDO: Retención de 30 días de bono de Fin de Año. TERCERO: Retención de bono escolar y de juguete. CUARTO: retención del 50% del bono familiar.- L.....