En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana LUCILA RODRIGUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.237.743, en la Solicitud de Pensión de Alimentos, contra el ciudadano GAMALIER MATA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.693.716, en beneficio de los ciudadanos GAMALIER ELIER, KREMELIER JESUS y GELBIR GABRIEL Consistente en la retención de las utilidades, el Salario mensual y las Prestaciones sociales.- SEGUNDO: Se deja sin efecto las retenciones ordenadas, en consecuencia, ofíciese al Jefe de Departamento de Bienestar y Seguridad Social I.P.S.F.A, Caracas, a los fines del levantamiento de las mimas.
.....