V
DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, la demanda por NULIDAD DE VENTA POR SIMULACION, COLACION Y PARTICION DE BIENES DE COMUNIDAD HEREDITARIA, incoada por los abogados LUIS HUMBERTO CRUZ HERNANDEZ y ANDREINA PARADA BRICEÑO, inscritos en el inpreabogado bajo los números 64.531 y 67.131, respectivamente, en sus carácter de apoderados judiciales, del ciudadano FELICE DE STEFANO D’ ARGENZIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-7.198.151, en contra de los ciudadanos FELICE DE STEFANO PRIMO, CARMINE DE STEFANO D’ ARGENZIO, LUIS DE STEFANO D’ ARGENZIO y ANTONIO DE STEFANO D’ ARGENZIO, de nacionalidad Italiana el primero, y el resto venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de .....