En consecuencia de lo expuesto, a los fines de notificar a la demandada de autos, del avocamiento de la Jueza Sol Maricarmen Vegas, al conocimiento de la presente causa, en fecha cinco (05) de Mayo de 2011, se acuerda que la misma se haga a través de Boleta dejada por el Alguacil en el domicilio procesal constituido por la misma, conforme lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, debiendo, dicho funcionario, dejar constancia e identificar a la persona a quien se deje la correspondiente boleta. Líbrese Boleta de Notificación a la demandada, ciudadana Belkys Mireya Quiroz Reyes, y entréguese la misma al Alguacil del Despacho. CÚMPLASE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Juzgado Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Maracay a los dos (02) días del mes de Julio del año dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA,
Abog. Sol Maricarmen Vegas .....