III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE REPONE DE OFICIO LA CAUSA al estado de que la defensora ad litem designada abogada JOSMERY MATHEUS, inscrita en el inpreabogado bajo el número 147.058, ejerza recurso de apelación en contra de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 24 de enero de 2017, dentro del lapso de los cinco (05) días de despacho siguiente a que conste en autos la ultima de la notificación de las partes, la cual se ordena librar, todo ello a los fines de garantizar el derecho a la defensa de sus representados y el debido proceso.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria anterior se declaran nulas todas las actuaciones curs.....