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DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA IMPUGNACION DE LA CUANTIA realizada en el escrito de contestación de la demanda de fecha 19 de diciembre de 2011 por el abogado MANUEL GUADA CIEGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-1.376.921, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 420, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil "CLINICA LUGO C.A", debidamente inscrita ante el Registro Mercantil que fuera llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Aragua, en fecha 19 de febrero de 1971, bajo el n.....