III
DECISIÓN
Por las razones que se expusieron, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional que ejerció el ciudadano MARCOS ALFONSO YEPES LUGO contra el fallo que pronunció, el 21 de julio de 2012, el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes..
Dada firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, a los siete (7) días del mes de noviembre de 2012. Año 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA,
Dra. Sol M. Vegas Fagúndez.
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