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Decisiones del dia 08/02/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 4751 N° Sentencia : 4751 Fecha: 08/02/2012
Procedimiento:
Reposición De Causa
Partes:
BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., & SOCIEDAD MERCANTIL DON FERRETERO, C.A
Resumen:
Tal como prevé la norma transcrita supra, el defensor ad-litem como funcionario judicial accidental que es, debe prestar juramento ante el Juez y no ante el Secretario solamente, como sucedió en el caso de autos. En tal sentido, con base establecido en la norma y criterio jurisprudencial antes transcritos, este tribunal, a los fines de salvaguardar el orden público y el derecho a la defensa de las partes, REPONE la presente causa al estado de que el defensor ad-litem designado en la presente causa, acepte o se excuse del cargo recaído en su persona, y en caso de aceptación, presente juramento de ley, dentro de los dos (2) días de despacho siguiente contados a partir de la constancia en autos de su notificación. Así se decide. Cúmplase. Publíquese y Regístrese NOTIFÍQUESE LAS PARTES. Dado, firmado y sellado en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los ocho (08) días del mes de Febrer.....
Juez/Ponente:
Sol Vegas
Organo:
Juzgado Cuarto Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 7135 N° Sentencia : 7135 Fecha: 08/02/2012
Procedimiento:
Ejecucion De Contrato
Partes:
MARISOL GARBOZA DE ARIAS & HOTEL EL PASO, C.A
Resumen:
Criterio que plenamente comparte y hace suyo esta juzgadora para la subsanación debida en la presente causa, en aras de proteger y respetar las garantías de orden constitucional como lo son el derecho a la defensa y el debido proceso; es por lo que este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, revoca por contrario imperio el auto emitido por esta instancia en fecha 20 de julio de 2011, mediante el cual se decretó la ejecución, concediéndole concedió a la demandada el plazo de cinco (05) días hábiles para que diera cumplimiento voluntario; por tanto, se declara la nulidad del mencionado auto. Así se decide. LA JUEZA, Abog. Sol Maricarmen Vegas F. La Secretaria, Abog. Amarilis Rodríguez. SMVF/AR/smvf Exp. N° 7135
Juez/Ponente:
Sol Vegas
Organo:
Juzgado Cuarto Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 4641 N° Sentencia : 4641 Fecha: 08/02/2012
Procedimiento:
Reposición De Causa
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL BANCO MERCANTIL C.A., & YENNY JOSEFINA BRAVO DAVILA
Resumen:
Vista la transición en cuanto al criterio que había venido sosteniendo la Sala, y dado que con esta última decisión se arribó a la consideración de que esa deficiente o inexistente defensa por parte del defensor judicial vulnera el derecho a la defensa de quien representa, derecho que en virtud de su importancia debe ser protegido en todo momento por el órgano jurisdiccional, se estima que la misma dejaba en franca indefensión a la ciudadana JENNY JOSEFINA BRAVO DAVILA, una vez contestada la demanda, lo que atenta contra el orden público constitucional, razón por la cual y dado que este Tribunal en todo momento está llamada a garantizar la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, se anulan las actuaciones a partir del folio 76 al folio 82, realizadas en la PRESENTE CAUSA, y se repone el juicio al estado de que se ordene el nombr.....
Juez/Ponente:
Sol Vegas
Organo:
Juzgado Cuarto Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 6773 N° Sentencia : 6773 Fecha: 08/02/2012
Procedimiento:
Reposición De Causa
Partes:
MARIA COROMOTO DE NICOLAIS TIRADO & FRANCISCO MARQUETT
Resumen:
Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de las ciudadanas y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA el auto dictado por este Juzgado en fecha 08 de junio de 2011 y ordena la REANUDACION DE LA CAUSA en el estado en que se encontraba para el momento de la suspensión. Se ordena notificar a las partes de conformidad con lo dispuesto el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil y una vez que conste en autos la ultima de las notificaciones, la causa continuara su curso en el estado en que se encontraba antes de la suspensión. Cúmplase, Publíquese, regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay, a los ocho (08) días del mes de febrero del año Dos Mil Doce (08-02-2.012). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.- LA JU.....
Juez/Ponente:
Sol Vegas
Organo:
Juzgado Cuarto Civil, Mercantil y del Transito
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