En consecuencia este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la NULIDAD del auto de fecha 19 de septiembre del 2011. En consecuencia, se fija para las diez de la mañana (10:00am) del quinto (05) día de despacho siguientes a que conste en autos la ultima de las notificaciones, para que se celebre el segundo acto conciliatorio. Se ordena librar boletas de notificación a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA
ABOG. SOL VEGAS F.
LA SECRETARIA
ABG. AMARILIS RODRIGUEZ
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. AMARILIS RODRIGUEZ
Exp. N° 6924
SMVF/RR/smv.-