V
DECISION
En fuerza de las razones expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: ADMISIBLE el presente amparo constitucional para restablecer la situación jurídica infringida contra la agraviada ciudadana: ISA MARINA GARCIA LEON, inscrita en el inpreabogado bajo el numero: 196.357, titular de la cedula de identidad numero V-7.997.201, quien actúa en su propio nombre.
SEGUNDO: CON LUGAR la Acción de Amparo interpuesta por la agraviada ciudadana: ISA MARINA GARCIA LEON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N º: V-7.997.201, abogada en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el numero: 196.357, actuando en nombre propio en contra de la ciudadana OLGA TORTOLERO DE SCIAMANNA, venezolana, mayor de edad, titular de la.....