DISPOSITIVA
En vista de todas las consideraciones que anteceden, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por "La Ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado, por no tener el carácter que se le atribuye...prevista en el artículo 346, ordinal 4 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la suspensión del presente juicio, hasta que se subsanen en la demanda en el término de ley, el referido vicio. Todo de conformidad con las disposiciones legales citadas y lo preceptuado en los artículo 79 parágrafo segundo y 87 de la Ley de Tránsito Terrestre y 354 del Código de Procedimiento Civil. Por cuánto la decisión fue dictada fuera de lapso se ordena notificar a las partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civíl.-
Publíquese y Regístrese
Dado firmado y sellado en la sala de despacho del Juzga.....