III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SUBSANADA la cuestión previa establecida en el ORDINAL 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil realizado por la parte actora la ciudadana abogado FLOR MARIA GARCIA RAMOS de cedula de identidad N° 7.197.958 en el presente juicio de NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO contra la ciudadana MINERVA LILIANA BOLIVAR de cedula de identidad N° 16.734.589.
SEGUNDO: SUBSANADA la cuestión previa establecida en el ORDINAL 6° del artículo 346 del Código de procedimiento Civil realizado por la parte actora la ciudadana abogado FLOR MARIA GARCIA RAMOS de cedula de identidad N° 7.197.958 en el presente juicio de NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO contra la ciudadana MINERVA LILIANA BOLIVAR de cedula .....