III. DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, del terreno y de unas bienhechurías construidas: En el Callejón 2, Las Clavellinas, Casa nro. 07, La Barraca I, ahora Parroquia Madre María de San José, antiguo Distrito Girardot, ahora Municipio Girardot del Estado Aragua, cuyas medidas y linderos son los siguientes: Doce (12 mts) de frente por el lado sur, de Este a Oeste, la misma medida, por el Norte dieciocho (18 mts) por el Oeste de Norte a Sur veinte (20 mts) por el Este también de Norte a sur, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Leonor Sosa, SUR: Su frente el citado Callejón Las Clavellinas, en medio con casa q.....