III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, sobre la presente demanda de ACCION MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO incoada por la ciudadana AMARELIS YSABEL TORREALBA CAMEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Numero V-13.650.988 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado WILMER DE JESUS BELLO PERALTA, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 106.188, mediante el cual demanda al ciudadano RICARDO RAFAEL LAYA HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 18.909.422.
SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la presente causa contentiva de ACCION MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESC.....