III DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los inmuebles identificados con los números 7 y 8 del Edificio Residencias Las Delicias, Urbanización Andrés Bello, Parroquia Las Delicias, Municipio Girardot del Estado Aragua, con los siguientes linderos y determinaciones Local No. 7: con una superficie de cincuenta y seis metros con veintiséis decímetros cuadrados (56,26 m2), y alinderado: Norte: Con el local comercial No. 6; Sur: En parte con el local comercial No. 8 y en parte con la fachada interna del edificio; Este: Con la fachada posterior este del edificio; Y Oeste: Con la fachada principal oeste del edificio. Según consta de documento registrado ante el Registro Público del Primer Circuito de Municipio Girar.....