DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones Esta Jueza Unipersonal de la Sala N°1 del Tibunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, DECRETA la presente Adopción Plena interpuesta por los ciudadanos Alfredo Rodríguez Coronado y Elizabeth Sarabia de Rodríguez, a favor del niño(se omite su nombre por disposición expresa de Ley), ampliamente identificado, y en consecuencia de conformidad con la norma establecida en los artículos 430 y 431 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el niña llevará el apellido de sus adoptantes, y en lo sucesivo se llamará (se omite su nombre por disposición expresa de Ley).
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 432 de la Ley up supra señalada y una vez firme el presente decreto de Adopción Plena, expídase por secretaria copia certificada de la pre.....