En mérito a lo antes expuesto y por cuanto están cumplidas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: TIRSO PACHECO MORILLO y MARIA DEL ROSARIO MAICA VELIZ DE PACHECO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.241.834 y V-9.642.977, respectivamente, asistidos por la Abogada ANA YANSY MIJARES DE GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.196.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio Nº 46, Folio 91, Tomo 1°, Año 2005, inserta al folio 0.....