En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia y en Nombre de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, que intentó la ciudadana ARLENE CARVAJAL SANCHEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.369.074, asistida en este acto por la Abogada AURA MATILDE ESLAVA GARCIA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 55.181, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL MICIOLLO VASQUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.215.712, por un inmueble constituido por un apartamento identificado con el N° 2-D, Piso 02, Edificio Anabel, Urbanización El Centro, Calle Zamora, Maracay Estado Aragua.-.
En consecuencia se condena a la parte demandada:
1°) A la entrega del inmueble identificado en autos, a la parte accionante, en .....