Al hilo de lo antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara " CON LUGAR " la demanda por CUMPLIMIENTO DE COMODATO VERBAL, interpuesta por el ciudadano ALEXANDER JESUS SULBARAN GONCALVES, titular de la cédula de identidad Nº V-15.737.106, asistida por la Abogada en ejercicio MAGALY ALEJANDRA GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 95.585, en contra de la ciudadana MILAGROS COLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.270.245, sobre el inmueble ubicado en la Calle Rafael Urdaneta,casa Nº 7, Barrio Los Olivos Nuevos, Municipio Girardot del Estado Aragua.
Se le condena al demandado:
1°) Hacer entrega al DEMANDANTE, del inmueble identificado en autos objeto de esta acción.
2°) Al pago de las co.....