En mérito a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por DESALOJO, intentó el ciudadano CARLOS ALBERTO COSTA PIRES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.239.428, asistidos en este acto por el abogado AURA MATILDE ESLAVA GARCIA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.181, en contra del ciudadano RICHARD RODRIGUEZ GONCALVES, titular de la cédula de identidad Nº V-12.854.664, mayor de edad, y de este domicilio, éste en su carácter de arrendatario, del inmueble de un inmueble ubicado en el Barrio La Cooperativa, Calle Principal, con Calle Florida Nro. 89, de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua, el cual se encuentra dentro de los siguientes linderos: Norte: casa que es o fue.....