Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, incoado por el ciudadano ANTONIO BERNARDO ANDRADE SOUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.249.914, asistido en este acto por la Abogada ALEXANDRA CAROLINA RODRIGUEZ DE MARANTE, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.175, en contra de la ciudadana MARÍA JOSEFINA SALINAS GUEVARA, está en su carácter de arrendataria y el primero de los nombrados en su carácter de arrendador del Local Comercial ubicado en la Calle 15 cruce con Avenida 11, Signado con el N° 209, de la Urbanización El
Piñonal, Jurisdicción del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua.
Al hilo del presente fallo, queda resuelto el Contrato de Arre.....