este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del Acta de Nacimiento del Ciudadano RAYNER RICARDO COLMENARES MIJARES, donde se determina que se lee: COLMENAREZ, siendo lo correcto "COLMENARES" así mismo ordena al REGISTRADOR CIVIL DE LA PARROQUIA JOSE ANTONIO PAEZ, a fin que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento del Ciudadano RAYNER RICARDO COLMENARES MIJARES, a la rectificación ordenada.- Y ASI SE DECIDE.-
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la Solicitud y de
la Sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.-
EL JUEZ,
ABG. ROQUE E. DUARTE MONTENEGRO
LA SECRETARIA,
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