En mérito a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó la ciudadana VARA LA MADRIZ BELKIS JOSEFINA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.006.620, actuando en nombre y representación de la firma personal INVERSIONES BELKIS DE HERRERA, asistida por el abogado ARNALDO AVENDAÑO PEREZ, inpreabogado Nº 34.733en contra de la ciudadana PRADO RONDON MARLENE VIRMANIA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.558.519, en su carácter de arrendataria de un inmueble tipo casa de habitación para uso familiar, distinguida con el Nº 05, situado en la Quinta Avenida del Barrio 23 de Enero, Maracay, Municipio del Estado Aragua, que se encuentra comprendido entre los sigu.....