Por los razonamientos ante expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por DESALOJO intentó el ciudadano JULIO CESAR GOMEZ ACERO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.559.570, mediante su apoderada Judicial abogada MARILYN SANTANA DE LARA, inpreabogado N° 86.595, contra la ciudadana PEREZ DURAN ISBELIS ADONIS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.455.182, en su carácter de arrendataria de un inmueble constituido por un apartamento ubicado en la Urbanización Los Caobos, avenida Central, edificio Oram II, piso 1, apartamento N° 12, Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua, alinderado de la siguiente manera: NORTE: en 38 metros con parcela F3; SUR: en 38 metros con calle San Martín; ESTE: en 40 metr.....