Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 04-06-2004 y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar, totalmente libre de bienes y personas, el siguiente inmueble: apartamento identificado con el número 1-B, ubicado en la Primera Planta del Edificio Rodo, situado en la Cuarta Avenida de la Urbanización San Isidro del Estado Aragua.
SEGUNDO: Pagar las costas del presente proceso.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los dos (02) días del mes de Agos.....