Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio, y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar totalmente libre de bienes y personas el inmueble que a continuación se identifica: "Un (01) inmueble ubicado en la Urbanización La Esmeralda Calle 2, Manzana "R" N° 19 de esta ciudad de Maracay, libre de bienes y personas, en el mismo estado, en el cual lo recibió.
SEGUNDO: Pagar a la parte actora por concepto de cánones de arrendamiento vencidos y no cancelados desde el mes de 02 de Junio de 2005 hasta el 02 de Noviembre de 2005, la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000.00) y los que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble, a razón de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000), cada mes.
TERCE.....