Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: a entregar el inmueble libre de personas y bienes, constituido por un (01) local comercial, el cual consta de dos (02) plantas, ubicado en la Avenida Intercomunal Maracay-Turmero, Barrio 19 de Abril, Calle Los Próceres, N° 48, de esta ciudad de Maracay. Solvente en los servicios de Elecentro, Hidrocentro, condominio y CANTV
SEGUNDO: Pagar las costas del presente proceso.-
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los once (11) días del mes de Abril de dos mil siete (2007). Año 195° de la .....