Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por MARIA OFELIA VILLAMIZAR QUINTERO contra ORLANDO IDROGO.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los veinticinco (25) días del mes de marzo de dos mil ocho (2008).- Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Juez.,
Abg. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria
Abg. Noelia Ramírez Abello
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.-
La Secretaria
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