Por las razones expuestas anteriormente, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA en el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES DEL LLANO, LAS CHAGUARAMAS y JOSE FELIX RIVAS DEL ESTADO GUARICO (distribuidor de turno), a quien se ordena remitir el expediente firme como quede el presente pronunciamiento.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los 26 días del mes de Junio de dos mil seis.- Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
LA JUEZ.,
ABOG. MARY FERNANDEZ PAREDES.
LA SECRETARIA.,
ABOG. SOL SCARLET DIAZ G.
En la misma fecha, se pu.....