Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACION al acuerdo celebrado entre las partes en el presente juicio que por DESALOJO tiene incoado FOOD MONAIERJY Y JEANNETTE SAMAAN DE MONAIERJY, contra CARLOS ALBERTO MARCANO ROJAS., se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ASÍ SE DECIDE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay a los Veintiocho (28) días, del mes de Marzo de dos mil ocho (2008). Años 196° y 147°.
LA JUEZ,
ABG. MARY FERNADEZ PAREDES
LA SECRETARIA,
ABOG. NOHELIA RAMIREZ ABELLO
En esta fecha siendo las 10:00 a.....