DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expresados, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda incoada por el ciudadano FERNANDO AMADO MONTANA LANDER, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-1.875.375, y de este domicilio, debidamente asistido por las abogadas en ejercicio YELAIDA ALEJANDRA GONZÁLEZ y FRANCIA FRANCISCA ROJAS PEREZ, contra la ciudadana, JOSEFINA GÓMEZ DE RUBIA, todos identificados plenamente en autos, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMODATO.-
Por cuanto la decisión fue dictada fuera del lapso legal se ordena notificar alas partes de conformidad con el artículo 233, en concordancia con el artículo 251 ambos del Código de procedimiento Civil.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dada, firmad.....