DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por el abogado JOSÉ OSWALDO MONTERO PRIETO, inscrito en el Inpreabogado Nro. 78.524, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HECTOR AQUILES PUERTA OLARTE, en contra de LORENA ESPINOZA todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Queda resuelto el Contrato de Arrendamiento celebrado entre las partes. TERCERO: Se ordena a la parte demandada hacer entrega material del inmueble objeto del litigio libre de personas y de bienes, en las mismas buenas condiciones en que lo recibió a la parte actora de manera inmediata. CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de los cánones de arrendamiento vencidos, así como los que se sigan.....