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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos MIGUEL ANGEL SALAZAR ONTIVEROS y FRELINA CORINA LOPEZ PANIAGUA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.984.873 y V-14.576.585, respectivamente, que contrajeron matrimonio en fecha 14 de Julio del año Don Mil Cuatro (2004), según se evidencia de Acta de Matrimonio expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Samán de Güere, Jurisdicción del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua; la cual se encuentra inserta bajo Nº 34, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Despacho, dicha certificación del Acta de Matrimonio .....