DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Desalojo intentada por el ciudadano JOSE VICENTE RONDON GARCÍA, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: EDGAR RAFAEL BERTIS Y MARÍA ZENAIDA CASTILLO RONDON contra la ciudadana CARELLY EVELYN CONTRERAS CASTRO, todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Por cuanto la decisión por este Tribunal fue dictada fuera del lapso legal se ordena notificar a las partes de conformidad con el artículo 233 en concordancia con el artículo 251, ambos artículos del Código de Procedimiento Civil.
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