DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cumplimiento del Contrato Opción de Compra Venta, intentada por el abogado JOSE DE JESÚS PLAZOLA G., en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS JOSÉ RUIZ OSUNA, contra la ciudadana JUDITH COROMOTO LAMAR PLAZOLA todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada hacer entrega material del inmueble objeto del litigio libre de personas y de bienes, en las mismas buenas condiciones en que lo recibió a la parte actora, ubicado en la carretera nacional Turmero- La Encrucijada, , Edificio "Habitare 2.003" piso décimo octavo (18) apartamento Nro. 18-4, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, cuyos linderos particulares son NORTE: Cocina Lavadero del apa.....