Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Primero: Extinción del Procedimiento de Obligación Alimentaria en beneficio del adolescente RUBEN DARIO VILLALTA. SEGUNDO: Se SUSPENDE las medidas decretadas por este Tribunal en fecha 27 de Octubre del 2.004, con oficio Nro. 0846-04 y ofíciese a la empresa a los fines de participarle de la presente decisión. TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dado, sellado y firmado en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Turmero a los Dieciocho (18) días del Mes de Febrero del Año Dos Mil Nueve (2.009). Años 198° de la Independencia y 149 ° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. GLADYS GUADALUPE GIRON
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