II
DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio santiago Mariño del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada personalmente por los ciudadanos TRINA OMAIRA FRANCO Y UDO ROSENKRANZ STIER, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NROS V ¿ 3.747.513 Y V-9.657.138, respectivamente. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron en fecha Veinte (20) de Agosto de Mil Novecientos Setenta y Siete (1977), según se evidencia de la certificación del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo el numero 191, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año Mil Novecientos Setenta y Siete (1977), dicha certificación fue consignada y cursa en el folio cuatro 8049 de la p.....