D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos EUSEBIA RAMONA BLANCO Y MARIO JESUS TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Números V 5.134.109 Y 8.734.459, respectivamente, que contrajeron, en fecha Catorce (14) de Julio del año Mil Novecientos noventa y tres (1993), según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua; la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 581, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Registro Dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada.....