D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos JANSEL JOSEFINA MOLINA FLORES Y ELIANIS OSCAR LOPEZ REVERON, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS V-16.524.203 Y V-17.275.164 RESPECTIVAMENTE, que contrajeron matrimonio en fecha 09 de Diciembre del año Dos Mil tres (2003), según se evidencia de Certificación de Acta de Matrimonio expedida por el Jefe de la Oficina del Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, Estado Araguai; la cual se encuentra inserta bajo Nº 250, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Despacho, dicha certificación del Acta de Matrimonio fue c.....