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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos, FRANCISCO JOSE SANDOVAL CARDONA y NERVIS JOSMARY PEREZ FANEYTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.431.064 y V-13.770.772, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, bajo el Acta N° 252, en fecha 08 de Julio de mil novecientos noventa y nueve, tal como consta en los Libros Registro Civil correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Sucre y José Á.....