DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO desde el 07 de noviembre de 2006, inclusive, fecha cuando se presentaron y agregaron los escritos de promoción de pruebas de ambas partes, hasta la presente fecha, inclusive, y LA REPOSICION DE LA CAUSA al estado en que se de cumplimiento a lo establecido en los artículos 351 y 352 del Código de Procedimiento Civil, referente a brindarle a la parte actora la posibilidad de contradecir o no la cuestión previa alegada y luego sustanciar la incidencia y decisión de la misma, dejando subsistentes y válidas únicamente las actuaciones, diligencias e instrumentos en los cuales conste la representación jurídica o judicial de los interesados hasta ahora actuantes y los trámites tenden.....