Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por las abogados ZENAIR LAURENS y BEATRIZ LIENDO, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 123.415 y bajo el N° 17.554, respectivamente, en sus caracteres de apoderadas judiciales de la ciudadana MERCEDES RAIMUNDA CARRASQUEL VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.511.665, en contra del ciudadano HUMBERTO ESTEBAN RODRIGUEZ ALAYON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.512.735.
Consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO celebrado en fecha 01 de octubre de 2006 sobre un inmueble ubicado en la Urbanización El Toquito, Manzana 09, casa Nº B-31, Villa de Cura, Estado Aragua, con un.....