DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos VICTORIA LARA y MARTIN FLORES NIEVES, antes identificados y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, existente entre ellos desde el día 19 de Marzo de 1.976, según consta en copia certificada de Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 70, de los Libros de Matrimonios llevados por la Prefectura del Distrito Zamora del Estado Aragua, durante el año 1.976, que se encuentran en la Dirección de Registro Civil de este Municipio.-
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Villa de Cura a los dieciseis (16).....