DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, el Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÒN DEL ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana MARIA ROSARIO DI VITA COLMENARES, venezolana. Mayor de edad, casada y titular de la cédula de identidad Nº. 5.625.707, asentada en el libro de Registro Civil de Matrimonio llevado en este Juzgado del Municipio Zamora del Estado Aragua, signada con el Nº. 19, FOLIOS 39 VTO. Y 40. En consecuencia, se ordena rectificar el contenido de la referida acta en los términos siguientes: Donde dice "....DI VITI", debe decir "...DI VITA...". Y así se decide.
Se ordena estampar nota marginal al Acta de 19, folios 39 vto y 40 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado en este Juzgado del Municipio Zamora del Estado Aragua, durante el año 1968, y remit.....