DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: JOSÉ ALEIDO DAVILA SÁNCHEZ y SANDRA MUÑOZ DÍAZ, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 11 de Diciembre de 1.987, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 321, del año 1.987, de los libros llevados por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, con sede en Mérida.
Liquídese la comunidad de gananciales.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Ar.....