DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Palo negro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos MELANIE JOSEFINA MARCANO OLEAGA y RICHARD JOSÉ CARREÑO VENTURA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.930.384 y V-11.978.607, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio que los une, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, en fecha 01 de Diciembre de 2005, asentada bajo el N° 307, tomo 3C, Folio N° 191 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho registro.
Por cuanto se evidencia de autos que de dicha unión no se procrearon hijos ni se adquirieron bienes conyug.....